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TOGUE'S LEGAL SERVICES

Compensación por pérdida de uso de la vivienda

Redacción - Dijous, 17 de Setembre del 2015
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LEGISLACIÓN. ¿Cuándo se tiene derecho a ella y cómo se calcula?

La atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar es una de las cuestiones más conflictivas en los procesos de separación o divorcio, sobre todo en el contexto actual de crisis económica.

 

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Con la Ley 5/2011, llamada comúnmente de custodia compartida, se ha cambiado el paradigma del derecho de familia valenciano.

 

Antes de su entrada en vigor, se producían situaciones de desigualdad entre los progenitores, ya que en muchas ocasiones el progenitor no custodio quedaba en una situación económica más desfavorecida que el otro. Y ello porque debía afrontar los gastos de su propia residencia y, en muchos casos, asumir también el 50% de la hipoteca de la vivienda familiar, o resignarse a ceder el uso de su vivienda privativa por haber sido esta la residencia familiar, sin recibir ninguna contraprestación por esta cesión.

 

La ley valenciana intenta paliar esta desigualdad de una forma innovadora y más equitativa. Se establece que cuando se atribuya la vivienda a uno de los progenitores, si esta es propiedad del otro o es de titularidad común, se fijará una compensación económica por la pérdida del uso a favor del progenitor que no vaya a residir en ella.

 

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Para calcular dicha compensación económica por pérdida de uso, se tendrá en cuenta el precio de un alquiler pagado en viviendas similares de la zona. Además la compensación económica puede ser compensada, en todo o parte, con la contribución a los gastos ordinarios de los hijos que se tengan en común.

 

Además, cabe mencionar que la atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar, tendrá un carácter temporal, y en la resolución judicial se fijará el periodo máximo para dicho uso, sin perjuicio de que tal uso pueda cesarse o modificarse si variasen las circunstancias iniciales.

 

En Togue's Legal Services aportamos nuestros conocimientos y profesionalidad para asesorar en cada caso a las distintas partes del proceso, intentando llegar a acuerdos que satisfagan a todos los miembros de la familia, y en su defecto reclamamos judicialmente los derechos de los progenitores no custodios según la nueva normativa valenciana.

 

Algunas de las preguntas más comunes que pueden surgir en torno a este tema están relacionadas con la convivencia marital con terceros, con la limitación temporal del uso y disfrute o con el pago de los préstamos hipotecarios existentes. La mejor opción: consultar con un abogado especialista que resuelva todas las dudas. En Togue’s Legal Services estudiamos cada caso para ofrecer la mejor opción a cada cliente.

 

 

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