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NEGOCIA CONSULTORÍA

¿Qué debemos saber para abrir una empresa?

Redacción - Divendres, 14 de Abril del 2017
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NEGOCIOS. La forma jurídica y las obligaciones fiscales y laborales son las bases.

Abrir una empresa en ocasiones se puede transformar en un problema si no tenemos las ideas bien claras respecto a las medidas que hay que tomar para llevar a la realidad el sueño de tener tu propia empresa.

 

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Carolina Gisbert, gerente de Negocia Consultoria, explica que hay varios aspectos fundamentales a tener en cuenta como son la forma jurídica y las obligaciones fiscales y laborales.

 

Se puede ser un empresario a nivel individual, lo que se conoce como autónomo, o se puede elegir una forma jurídica societaria, que implica que se constituye la empresa mediante una escritura pública como una sociedad, ya sea una sociedad anónima o limitada, en función del capital que se aporte, o en caso de unirse con más socios o participes, se podría crear algún tipo de cooperativa o dentro del marco de la sociedad antes citada. La diferencia entre estas opciones está en la responsabilidad.

 

Las obligaciones fiscales con las que nos encontramos a la hora de crear una empresa son varias. Cuando un empresario crea una empresa como un empresario individual, la ventaja que tiene fiscalmente es que debe declarar el IVA con el modelo 303 y el rendimiento a través del IRPF. En cambio si la empresa es en modalidad de sociedad, aunque se debe hacer igual el IVA, declarará fiscalmente el rendimiento a través del Impuesto de Sociedades, siendo la diferencia básica la cuestión del pago.

 

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Los impuestos del Impuesto de Sociedades tienen una cuantía fija, mientras que si tributamos como empresario individual a través del IRPF nos encontramos con una escalera de porcentajes y nos puede salir más económico.

 

Las obligaciones laborales con sus trabajadores desde luego que existen para un empresario que comienza, tanto si se elige una forma jurídica como otra. El empresario, primero, debe de darse de alta como autónomo pues aunque forme una sociedad, él solo o con algún socio, alguien tiene que ser el que represente el trabajo de la empresa. Por tanto debe ser autónomo primero y después abrir o dar de alta una cuenta de cotización para contratar a los trabajadores y cotizar por el trabajo que ellos hacen.

 

 

 

 

 

 

Existe la posibilidad que varios los empresarios quieran ser todos juntos una misma empresa, pero sin llegar a ser sociedad. Entonces constituirán una comunidad de bienes, en la que equivaldría a varios empresarios individuales, en el que uno, por lo menos, tendría que ser el representante autónomo de la empresa y los otros podrían estar como a socios capitalistas, y a la vez no estarían obligados a darse de alta para cotizar ni como trabajadores ni como autónomos como ha detallado Carolina Gisbert de Negocia Consultoria.

 

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