El Ayuntamiento tiene un año para enviar a Conselleria una relación de locales.
[caption id="attachment_26841" align="alignleft" width="300" caption="La Filà Alcodianos en la primera partida de cotos 2010"]
[/caption]
La Generalitat ha aprobado el Decreto por el que se regulan las condiciones y la tipología de las sedes festeras tradicionales. El Decreto recoge, como ya informamos, tres tipos de sedes, en función de las actividades que realicen, la temporalidad en su apertura y el público al que se pueden dirigir.
El decreto establece tres tipos de “sedes festeras tradicionales”. En primer lugar, las de Tipo A, solamente podrán realizar tareas administrativas. Las “Sedes Festeras Tipo B”, pueden realizar “actividades lúdicas y de ocio dirigidas únicamente a los miembros, familiares e invitados” y que no necesitarían licencias, ya que no estarían abiertas al público. Según señala la nota de Conselleria, estas sedes podrán realizar reuniones y comidas de hermandad, ensayos de presentaciones, preparación de cabalgatas, actividades infantiles o campeonatos de juegos de mesa, entre otras. Existe, por último, un Tipo C, al que podrían acceder aquellos locales abiertos a pública concurrencia, que necesitarían licencia y a los que se aplicaría la Ley de Espectáculos.
La existencia del denominado Tipo B permitiría que las entidades no tuvieran que realizar inversiones en los locales para conseguir la licencia, siempre que sus actividades estuviesen dirigidas sólo para festers. Además, esto también repercute en otras cuestiones, como una menor carga impositiva o que el horario de cierre lo señale directamente el Ayuntamiento.
El candidato a la Alcaldía del CDL, Jordi Pérez, ha realizado unas declaraciones al respecto en las que critica al Gobierno Municipal por “haber dado dando una sensación de absoluta indiferencia ante este tema que afectaría de forma importante en la economía de nuestras fiestas y del que hemos estado informando públicamente”.
[/caption]
La Generalitat ha aprobado el Decreto por el que se regulan las condiciones y la tipología de las sedes festeras tradicionales. El Decreto recoge, como ya informamos, tres tipos de sedes, en función de las actividades que realicen, la temporalidad en su apertura y el público al que se pueden dirigir.
El decreto establece tres tipos de “sedes festeras tradicionales”. En primer lugar, las de Tipo A, solamente podrán realizar tareas administrativas. Las “Sedes Festeras Tipo B”, pueden realizar “actividades lúdicas y de ocio dirigidas únicamente a los miembros, familiares e invitados” y que no necesitarían licencias, ya que no estarían abiertas al público. Según señala la nota de Conselleria, estas sedes podrán realizar reuniones y comidas de hermandad, ensayos de presentaciones, preparación de cabalgatas, actividades infantiles o campeonatos de juegos de mesa, entre otras. Existe, por último, un Tipo C, al que podrían acceder aquellos locales abiertos a pública concurrencia, que necesitarían licencia y a los que se aplicaría la Ley de Espectáculos.
La existencia del denominado Tipo B permitiría que las entidades no tuvieran que realizar inversiones en los locales para conseguir la licencia, siempre que sus actividades estuviesen dirigidas sólo para festers. Además, esto también repercute en otras cuestiones, como una menor carga impositiva o que el horario de cierre lo señale directamente el Ayuntamiento.
El candidato a la Alcaldía del CDL, Jordi Pérez, ha realizado unas declaraciones al respecto en las que critica al Gobierno Municipal por “haber dado dando una sensación de absoluta indiferencia ante este tema que afectaría de forma importante en la economía de nuestras fiestas y del que hemos estado informando públicamente”.



















Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de Página66.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.111