El pasado día 1 de julio entró en vigor el nuevo Código Penal, texto legal que viene a sustituir al que fue aprobado en 1995, en Togue's Legal Services conocemos a la perfección los entresijos de la nueva ley y por eso queremos destacar algunas de las infracciones que se contemplan en ella:
Se eleva la edad de consentimiento sexual a los 16 años, la norma determina que realizar actos de carácter sexual con menores de 16 años se considera como un hecho delictivo, salvo que se trate de relaciones consentidas con una persona próxima al menor por edad y grado de madurez.
Se introduce un nuevo delito, llamado sexting, desde ahora compartir en la red vídeos íntimos,o que vulneren la intimidad de la víctima, sin tener el permiso de esta será delito, aunque la grabación se hubiera realizado con el consentimiento de la víctima.
Se castigará a quien contacte con un adolescente, menor de 16 años, a través de las nuevas tecnologías para intentar que facilite imágenes pornográficas.
Además, se regulará el "hostigamiento" mediante llamadas telefónicas o seguimientos a una persona, que en muchas ocasiones no podía perseguirse como delito de amenazas o coacciones al no haber violencia.
Se introduce la novedad de poder eliminar los antecedentes penales. Los condenados que hayan cumplido su pena podrán pedir que se eliminen sus antecedentes siempre que reúnan unos determinados requisitos.
Se aumenta la persecución de multirreincidentes, butrones, alunizajes o robo de cable de cobre o suministro eléctrico.
Desde la reforma del código penal, agredir o insultar a médicos o profesores, que sean funcionarios públicos,es considerado como atentado contra la autoridad, y conllevará hasta 4 años de cárcel.
Se eliminan como tipo delictivo las faltas, estas pasan a ser consideradas delitos leves o sanciones administrativas.
Otra novedad legislativa es la nueva Ley de Seguridad Ciudadana, que entró en vigor el pasado mes de junio, según esta norma, manifestarse sin permiso es una de las más sancionables económicamente. Asimismo, la perturbación de la seguridad ciudadana en actos públicos, espectáculos u oficios religiosos, entre otros casos, también será motivo de sanción.
Curiosidades como el uso de punteros láser para distraer la atención de conductores está considerado como muy grave.
Además, negarse a identificarse y no colaborar con los agentes se considera desobedecer a la autoridad.
En Togue's Legal Services estamos preparados para asesorar a nuestros clientes en todos los temas relacionados con las nueva leyes, y sus consecuencias jurídicas.


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