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TOGUE'S LEGAL SERVICES

¿Cuál es el papel del avalista ante una ejecución hipotecaria?

Redacción - Divendres, 25 de Març del 2016
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LEGISLACIÓN. Los bancos piden avales para garantizar el cobro.

Desde hace unos años, las entidades bancarias piden cada vez más requisitos para conceder un préstamo. Uno de esos requisitos es contar con un aval que garantice el cobro en caso de impago del titular.

 

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El aval es ese contrato que implica que el firmante, el avalista, se comprometer a hacerse cargo del pago del préstamo en caso que los titulares del mismo no lo hagan. Es decir, el avalista será quien tendrá que responder ante el incumplimiento del deudor principal.

 

En Togue's Legal Services explicamos a nuestros clientes cómo debe ser ese proceso de firma de avales, ya que es necesario establecer ciertas condiciones a la hora de firmar, como por ejemplo, que se informe al avalista con tiempo en caso de impago del titular.

 

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Una vez queda avisado el avalista, este pasa a primera línea del escenario de impago. Las deudas y demoras del titular deberán ser abonadas por este avalista, además de los costes del juicio.

 

Si el pago se lleva a cabo, el préstamo seguirá su curso normal, pero si el avalista no se hace cargo, el banco podrá pedir el embargo de los bienes de ambos, tanto del deudor titular como del avalista.

 

En Togue's Legal Services recomendamos siempre consultar con un despacho de abogados ante la posibilidad de tener que avalar o ser avalado, y ser consciente de las consecuencias jurídicas que puede tener convertirse en avalista. Solo así, se conocerán realmente los riesgos que implica estar en una u otra parte. Además, existen contragarantías que se pueden firmar para que el avalista pueda reclamar algo en caso de tener que pagar las deudas del titular.

 

 

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