El Tribunal Supremo de la Comunidad Valenciana (TSJ) ha estimado el recurso del Sindicato de Policías Locales de la Comunidad Valenciana (SIPOL-CV) que pedía la nulidad de la oferta de empleo del 2013 del Ayuntamiento.
La oferta de empleo público para el año 2013 del Ayuntamiento de Alcoy, comprendía un total de 7 plazas para la policía local. En concreto, las plazas eran cinco agentes, un inspector y un intendente principal.
Las razones por las que SIPOL justifica su recurso están relacionadas con el origen de las plazas vacantes y el incumplimiento de Ley de los Presupuestos Generales del Estado para 2013, que señalaba que no se podía cubrir más que las vacantes producidas en el año anterior. Un informe de la propia Secretaría del Ayuntamiento de Alcoy manifiesta que no hubo en 2012 ninguna baja por jubilación, defunción o excedencia.
La interpretación de la norma que realizó el Gobierno Municipal fue otra, al considerar que sí se podía convocar las vacantes de ejercicios anteriores y unió todas las producidas desde 2007.
Posteriormente, en octubre de 2013, el Ayuntamiento suspendió la convocatoria de las plazas ofertadas. Actualmente los opositores se encuentran pendientes de esta resolución y sus posibles recursos. Después, retiraron la plaza de intendente principal de la oferta de empleo público del 2013, incluyéndola en la del año siguiente.
En el recurso, el sindicato defiende que solamente las plazas vacantes en el ejercicio anterior pueden ofertarse públicamente y por lo tanto sacarse a oposición libre.
El TSJ, en su sentencia, expresa que “NO es ese sin duda el espíritu de la norma”, en alusión a las argumentaciones del Ayuntamiento, por lo que estiman el recurso interpuesto por el sindicato policial. Además, el alto tribunal ha considerado que “resulta improcedente la oferta de empleo impugnada pues resulta innegable […] que efectivamente la oferta pública de empleo debe vincularse a las vacantes acontecidas en el ejercicio inmediatamente anterior, extremo éste incumplido por el ayuntamiento demandado”.
La sentencia admite recurso de casación en los próximos 30 días.
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