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TOGUE'S LEGAL SERVICES

¿Quién asume los gastos de traslado para cumplir con el régimen de visitas en caso de divorcio?

Redacción - Miércoles, 16 de Noviembre de 2016
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LEGISLACIÓN. Qué sucede cuando uno de los progenitores se traslada a vivir a otra localidad.

El día a día tras una separación o divorcio, cuando existen hijos menores de edad, suscita múltiples situaciones que los progenitores deben resolver. En muchas ocasiones surgen dudas en torno a ellas.

 

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Una de ellas surge cuando uno de los progenitores se desplaza a residir a una localidad distinta a los menores. ¿Qué pasa cuando una pareja se divorcia y fijan su domicilio en localidades diferentes? Togue's Legal Services nos explica que sucede en este caso.

 

La Sentencia nº289/2014, de fecha 26 mayo 2014, dictada por el Tribunal Supremo, vino a resolver un problema que afecta a muchos padres divorciados.

 

Hasta ese momento era el progenitor no custodio, habitualmente el padre, el que tenía que asumir los costes de desplazamiento si quería ver a sus hijos. Con esta Sentencia, el criterio a seguir es el siguiente:

 

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Es necesario un reparto equitativo de cargas, de forma que ambos progenitores sufraguen los costes de traslado de forma equilibrada y proporcionada a su capacidad económica, teniendo en cuenta sus circunstancias personales, familiares, disponibilidad, flexibilidad del horario laboral...

 

Para ello se establece un sistema prioritario y otro subsidiario, dado que pueden presentarse diferentes situaciones, y será necesario ofrecer soluciones alternativas adaptadas a las particularidades de cada situación.

 

Como regla general, el Tribunal Supremo consideró que lo adecuado era que el padre o madre recogiese al menor del domicilio del progenitor que ostentase la custodia, para ejercer el derecho de visita, y posteriormente que fuera el progenitor custodio quien lo retornara a su propio domicilio.

 

Cuando el sistema habitual no se correspondiese con el interés del menor y distribución equitativa de las cargas, las partes o el juez deberían atribuir la obligación de recogida y retorno a uno de los progenitores, con la correspondiente compensación económica de la otra parte.

 

También se afirmó que estas dos soluciones se establecerían sin perjuicio de situaciones extraordinarias que implicasen un desplazamiento a larga distancia, caso que exigiría ponderar las circunstancias concurrentes y que debería conllevar una singularización de las medidas adoptables como explica Togue's Legal Services.

 

 

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