El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Alcoy ha dado la razón a la Asociación de San Jorge en el juicio referente a la demanda presentada por dos socios que entendieron que el Casal no les facilitó una información económica que solicitaron.
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Los dos socios solicitaron en 2015 información económica de la Asociación correspondiente a los ejercicios 2012 y 2013 a través de un fax firmado por la abogada que les defendía. La Junta Directiva del Casal preparó los datos y los denunciantes no pasaron a recogerlos. A continuación presentaron la demanda al entender vulnerado su derecho a ser informados sobre la situación económica y contable de la entidad organizadora de las fiestas patronales.
La jueza ha asumido en la sentencia las alegaciones de la Asociación, al considerar probado que los demandantes no acreditaron estar representados por la letrada que firmaba la petición de datos y no acudir a recoger la información. El Casal comunicó a la abogada que la información solicitada estaba a su disposición.
En la sentencia, la jueza ha dejado constancia de que las cuentas son públicas y están a disposición en Internet, además de haber sido presentadas en las respectivas asambleas, en las que los socios demandantes están representados.
“No puede entenderse vulnerado el derecho de información a quien elude la misma”, señala la sentencia, a lo que añade que “no se puede entender derecho alguno vulnerado si es la parte desinformada la que decide no informarse”.





















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