El estatuto de los trabajadores regula una serie de indemnizaciones en caso de despido, pero ¿se ha de tributar por dichas cantidades?
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La ley establece que las indemnizaciones por despido o cese del trabajador están exentas de tributar. Esto se refleja en el artículo 7, apartado e de la Ley del IRPF, pero establece un límite de 180.000 euros. la cuantía que supere esta cifra sí que debe tributar. En cualquier caso, el trabajador está obligado a comunicar a la Agencia Tributaria el importe que ha recibido de la empresa.
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No obstante, el beneficio de no tributar por la cantidad de la indemnización puede perderse. En el caso de que el trabajador vuelva a la empresa en menos de 3 años desde el despido, la cantidad deberá tributar en el IRPF.
Para mayor información es recomendable acudir a un economista.
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