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TOGUE'S LEGAL SERVICES

Nueva sentencia que revisa el uso de la vivienda familiar con la nueva pareja

Después del matrimonio

Redacción - Miércoles, 06 de Marzo de 2019
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Los divorcios en las parejas es algo a lo que la sociedad ya se ha ido acostumbrando. Solamente en España, hay una media de 400.000 divorcios anuales, situando el país en la segunda posición en la escala Europea en cuanto a mayores divorcios cada año. Según las estadísticas, nueve de cada diez parejas que se separan tienen niños, siendo unos 150.000 los menores que se ven afectados por esta situación.

 

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Muchas de estas personas que ponen fin a su matrimonio, acaban por rehacer su vida con terceros y, aunque no hay nada de malo en ello, la nueva sentencia del Tribunal Supremo no lo pone tan fácil. En Togue's Legal Services nos explican en qué consiste exactamente. Y es que, según dictamina dicha sentencia aprobada a finales de este pasado 2018, el progenitor que tenga la custodia de los hijos, pierde el derecho a vivir en la casa familiar si inicia una relación con otra persona en el mismo domicilio.

 

Desde que la sentencia se ha hecho efectiva, son muchos ex-matrimonios los que se han puesto en contacto con sus abogados para saber si, aunque el divorcio haya tenido lugar años atrás, puede aplicarse actualmente la sentencia. La respuesta es afirmativa, pero no todo es tan sencillo como parece. En términos legales, toda nueva ley tiene su 'letra pequeña'. En cuanto a los casos previos, pueden revisarse siempre y cuando se haya dado un cambio realmente sustancial, sea por vía de mutuo acuerdo o mediante un procedimiento contencioso. Introducir una tercera persona en la casa familiar es un ejemplo de ello.

 

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En el caso de llegar a esta situación, la solución más efectiva que se propone es, o bien la venta de la casa, o bien que la persona con la custodia que vive en el hogar le dé a su ex pareja la parte proporcional económica del inmueble. Aunque como en toda situación, siempre existen las posibilidades de que haya consenso entre ambos ex cónyuges. Por ejemplo, la adjudicación de la vivienda a aquel que ostenta su uso o acuerdos como que la otra parte no quiera reclamar su  parte proporcional.

 

Para determinar dichas modificaciones, Togue's Legal Services nos explican que se puede realizar de mutuo acuerdo, ya sea entre los abogados de las partes, o acudiendo a un proceso de mediación; o en vía contenciosa, en cuyo caso será el Juzgado competente el que determine la solución en cada supuesto.

 

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