
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha respondido a la consulta del Ayuntamiento de Alcoy en la cual se preguntaba si le tendría que dar acceso a los datos personales del registro de entrada a la oposición.
Esta cuestión llegó tras los requerimientos del Partido Popular. Ahora, según ha apuntado el PSOE, el informe de la AEPD indica “que no se tiene que dar esta información porque tiene que prevalecer la protección de datos”.
En su comunicado, los socialistas recuerdan que el PP “pidió tener acceso directo a diferente información, entre otras a los documentos de registro de entrada y salida, con los datos personales de la ciudadanía”.
El PSOE ha remarcado que “la oposición siempre ha tenido acceso al registro bajo demanda” y que “querían tener el acceso de forma directa, una demanda que fue atendida y aceptada tal como ratifica el informe de la Secretaria General del Ayuntamiento de Alcoy, del día 5 de noviembre de 2020, en el cual explica que el alcalde aceptó estas recomendaciones en un escrito del 21 de septiembre y respecto al acceso a los datos personales, siguiendo las recomendaciones del Delegado de Protección de Datos del Ayuntamiento y cumpliendo con el Reglamento de Protección de Datos no se facilitarían algunos datos como el nombre completo y DNI de las personas solicitantes que figuran en el registro de Entrada. Es decir, se permite el acceso a la información, respetando siempre la Protección de Datos”.
“Una vez más vemos como la oposición y en concreto el portavoz del Partido Popular, Juan Enrique Ruiz, miente o dice medias verdades manipulando la información, escribiendo notas de prensa en las cuales no se llama la verdad, puesto que él afirma que el criterio del Gobierno es no dar acceso a esta información. El PP y toda la oposición puede acceder al registro, lo único que no pueden hacer es incumplir la ley”, ha explicado la concejala de Información y Defensa de la Ciudadanía, Teresa Sanjuán.
El PSOE ha subrayado también que el informe de la AEPD “explica que al entrar en liza el derecho a acceder a los cargos y oficios públicos y el derecho a la protección de datos, no siempre tiene que prevalecer el primero, que es el criterio del Síndico de Greuges, porque ‘no hay que olvidar que el derecho a la protección de datos personales es un derecho fundamental’”.
“Este informe ratifica que se ha actuado correctamente y el Ayuntamiento de Alcoy cumple la Ley. El Partido Popular tiene acceso a toda la documentación de forma directa, pero continúa pidiendo poder consultar los datos personales de la ciudadanía en sus registros de entrada y salida, extralimitándose de sus funciones e incumpliendo la ley”, ha añadido Sanjuán.























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