Hoy en día, asumir la carga económica de un entierro se ha convertido en todo un lujo; por no mencionar el ajetreo de documentos que se deben tramitar. Por este motivo, es importante disponer de un buen seguro que lo cubra todo.
Trámites a realizar tras una defunción
Existen 5 gestiones imprescindibles que deben realizarse tras el fallecimiento:
1. Certificado de defunción:
Es expedido por un médico y deberá presentarse en el Registro Civil del domicilio del fallecido, dentro de las 24 horas que siguen a la defunción, junto con el DNI o pasaporte y el formulario oficial.
2. Certificado de Actos de Última Voluntad:
Acredita si la persona fallecida ha otorgado o no testamento, y es imprescindible para cualquier sucesión. Debe solicitarse transcurridos 15 días hábiles tras el fallecimiento. Documentación necesaria: certificado de defunción y el justificante del abono de la tasa.
3. Certificado de contratos de seguros de cobertura por fallecido:
Permite conocer si la persona tenía contratado algún seguro de vida o accidente. Se requiere con la misma solicitud que el certificado anterior.
4. Impuestos:
Dentro de un plazo de 6 meses tras el fallecimiento. Se debe declarar el Impuesto de sucesiones y el Impuesto sobre el incremento de los Bienes de Naturaleza urbana en el supuesto de recibir bienes inmuebles.
5. Adjudicación o renuncia a la herencia:
No está sujeto a plazo alguno.
Si deseas obtener más información, no dudes en contactar con Ponsoda Correduría de Seguros llamando a cualquiera de nuestros números de teléfono o enviando un mail a infoalcoy@espabrok.es.
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