El Partido Popular ha asegurado que el referéndum para preguntar sobre el calendario festero no es posible.
El Grupo Municipal del PP en Alcoy ha explicado que no es posible hacer coincidir la consulta con las elecciones al parlamento europeo po lo que señala el artículo 4.2 de la Ley 2/1980, que regula las distintas modalidades de referéndum, y que reproducimos más abajo. Fernando Pastor, portavoz del PP, ha calificado la decisión del concejal de Fiestas, Jordi Martinez como “ocurrencia”. Pastor ha asegurado que se trata de una maniobra de distracción.
Además, Pastor ha reclamado que el Gobierno “se centre en los problemas de los ciudadanos y se deje de fuegos de artificio que no conducen a ninguna parte”. “El gobierno anda despistado, demasiado despistado, y eso no es bueno para ellos pero tampoco para los ciudadanos”, ha concluido Pastor.
Artículo cuarto. Ley 2/1980 de 18 de enero Dos. Tampoco podrá celebrarse ninguna modalidad de referéndum, salvo los previstos en los artículos ciento sesenta y siete y ciento sesenta y ocho de la Constitución, en el período comprendido entre los noventa días anteriores y los noventa posteriores a la fecha de celebración en el territorio a que afecte, de elecciones parlamentarias o locales generales o de otro referéndum. Quedará suspendido automáticamente todo referéndum ya convocado, cuando hubiera de celebrarse en el período antes señalado, debiéndose proceder a nueva convocatoria.
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