El Gobierno Municipal ha emitido una nota de prensa a última hora de la mañana en la que anuncia la posibilidad de abrir expediente sancionador al secretario del Grupo Municipal de Compromís, Màrius Ivorra.
El comunicado municipal asegura que Ivorra se encuentra en "situación irregular en el Ayuntamiento". La razón en la que el Gobierno fundamenta esta acusación es que "pese a tener dedicación exclusiva es administrador de diferentes empresas sin haber pedido la compatibilidad". El concejal de Personal, Alberto Belda, ha señalado que "este hecho se puede considerar una falta grave o muy grave”.
A través de la nota de prensa que ha remitido el Departamento de Comunicación del Ayuntamiento se acusa al secretario municipal de Compromís de "tener intereses económicos en diferentes empresas, hasta tres sociedades diferentes a lo largo del año 2015".
Además, en el escrito se afirma que "el Gobierno destaca también que se está estudiando a fondo las tres empresas de las que Ivorra es administrador porque hay sospechas más que evidentes de que el cargo haya podido realizar otras irregularidades mucho más graves".
LA RESPUESTA DE MARIUS IVORRA
"No he cobrado nada de ninguna de las empresas, no estoy de alta como autónomo ni he cobrado beneficios", ha afirmado Ivorra a Página 66 a la vez que ha mostrado su sorpresa por este anuncio.
"De acuerdo a la Ley 53/1984 de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, no hay causa de incompatibilidad", ha declarado el secretario del Grupo Municipal de Compromís, quien además ha explicado que si no ha solicitado la incompatibilidad es porque esta cuestión no está incluida en ninguno de los supuestos establecidos en la mencionada Ley.
Por último, Màrius Ivorra se ha mostrado dispuesto a pedir la compatibilidad, aunque no esté obligado a ello.
Estda acusación se ha dado coincidiendo con la denuncia de Compromís respecto a un expediente por el que el Ayuntamiento pagó 5.000 euros cuando en realidad era un cortar-pegar' de Internet y después que hayan visto contradicciones en la justificación del concejal Manolo Gomicia.
LA LEGISLACIÓN DE SOCIEDADES Y LA FIGURA DEL ADMINISTRADOR
Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo.
BOE-A-2014-12589
«Artículo 217. Remuneración de los administradores.
El cargo de administrador es gratuito, a menos que los estatutos sociales establezcan lo contrario determinando el sistema de remuneración
El sistema de remuneración establecido determinará el concepto o conceptos retributivos a percibir por los administradores en su condición de tales y que podrán consistir, entre otros, en uno o varios de los siguientes: a) una asignación fija, b) dietas de asistencia, c) participación en beneficios, d) retribución variable con indicadores o parámetros generales de referencia, e) remuneración en acciones o vinculada a su evolución, f) indemnizaciones por cese, siempre y cuando el cese no estuviese motivado por el incumplimiento de las funciones de administrador y g) los sistemas de ahorro o previsión que se consideren oportunos. 3. El importe máximo de la remuneración anual del conjunto de los administradores en su condición de tales deberá ser aprobado por la junta general …
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